Las partes básicas utilizadas para componer una petición o un informe de pruebas de laboratorio pueden resumirse en:
Una petición siempre debe llevar los apartados 1 y 2, mientras que el informe del laboratorio debe incluir, como mínimo, los apartados 1, 2 y 3.
Cada elemento de la propiedad (“analito” en Iberoamérica) puede requerir especificaciones (espec.) para clarificar y evitar ambigüedades:
Sistema(espec.)--Componente(espec.); tipo-de-propiedad(espec.)
Por lo tanto, partiendo de la ecuación básica:
Propiedad = Resultado
Pasamos a una ecuación de 8 componentes:
Sistema(espec.)--Componente(espec.); tipo-de-propiedad(espec.) = Valor · Unidad
Esta estructura es la recomendada por IUPAC-IFCC (International Union of Pure and Applied Chemistry-International Federation of Clinical Chemistry) y otros organismos de normalización (ver Documentos de consulta).
Las definiciones de los componentes de esta ecuación pueden diferir según la fuente consultada y, en ciertas ocasiones, difíciles de entender para los no expertos. Con el objetivo de hacer más comprensible estas definiciones, en el GNC hemos resumido los conceptos de la siguiente forma:
Sistema:
Parte definida arbitrariamente del universo, con independencia de su forma o tamaño. (Ej. Paciente, plasma del paciente, orina del paciente, etc.). Otra definición sería “el ámbito demarcado de un grupo de elementos y un conjunto de relaciones entre esos elementos” o también “Parte o fenómeno acotado del universo percibible o concebible a la que se puede referir como un conjunto de elementos y relaciones o procesos entre esos elementos”. Creo que la primera definición es más comprensible para nuestros objetivos.
Componente:
Parte de un sistema o parte definible de un sistema. (Ej. Glucosa, colesterol, etc). Aquí debemos aclarar:
Tipo-de-propiedad (kind-of-property):
Según la fuente consultada, los conceptos de “propiedad” y “magnitud” aparecen con definiciones similares e incluso intercambiadas. En el GNC, sin ninguna intención académica, hemos optado por simplificar estos conceptos centrándonos en su aplicación práctica para un laboratorio clínico.
Para el GNC, el “tipo-de-propiedad” es el atributo de un fenómeno, cuerpo o sustancia que puede distinguirse y compararse (Ej. color, transparencia, longitud, cantidad de sustancia, etc.). Puede tratarse tanto de una escala nominal, ordinal, de diferencias o de proporción. Esta definición incluye el concepto de “tipo-de-magnitud” (kind-of-quatity) que, según algunos autores, es más restrictivo.
Tipo-de-propiedad se escribe con guiones para indicar que es un concepto global y sinónimo a “propiedad” tomada en sentido general. Aquí debemos aclarar los distintos conceptos de “propiedad” que se pueden manejar en nomenclatura sistemática:
Como podemos apreciar, el término “propiedad” se usa siempre en un sentido más general que el de madnitud (quantity) que es un subtipo de propiedad. En este sentido, una propiedad puede ser medible (la concentración de glucosa en plasma) o no medible (el color de la orina, que puede ser observado pero no medido). Una propiedad considerada medible es lo que suele denominarse como “magnitud”.
Es necesario insistir en que las definiciones de Sistema, Componente y Tipo-de-propiedad expuestas solo tienen como objetivo hacer más comprensibles los conceptos usados en la codificación del GNC, pero en ningún caso pretenden sustituir a las definiciones establecidas por los organismos internacionales de normalización.
Una vez definidos los conceptos, vamos a resumir las normas de escritura de los 6 elementos que componen el nombre de la propiedad que, como hemos comentado, es el objetivo de codificación del GNC, estableciendo unas normas claras y fijas para la nomenclatura sistemática de:
Sistema(espec.)--Componente(espec.); tipo-de-propiedad(espec.)
Estas normas se basan en las recomendaciones de la nomenclatura NPU de IUPAC-IFCC pero se han completado todas aquellas particularidades que requiere nuestro modelo basado en dos niveles de codificación, los CLC (Códigos de Laboratorio Clínico) y los GNC (códigos del Grupo de Nomenclatura y Codificación). Los CLC corresponden a la nomenclatura utilizada por los clínicos y los GNC incorporan especificaciones metodológicas para reflejar la diversidad de los laboratorios clínicos. Tanto unos como otros se identifican por un código compuesto por las tres letras del sistema de codificación respectivo, CLC o GNC, y un número de cinco dígitos sin significado propio, con dos dígitos adicionales para los GNC.
Sistema(espec.)--Componente(espec.); tipo-de-propiedad(espec.) = Valor · Unidad
Se escribe el sistema seguido, sin dejar espacios, por las especificaciones entre paréntesis.
A continuación, sin dejar espacios, dos guiones cortos o uno largo (para evitar variabilidad, en la base de datos del GNC siempre usaremos dos guiones cortos) y luego, sin dejar espacios, se escribe el componente seguido por las especificaciones, entre paréntesis y sin dejar espacios. Al final ponemos punto y coma.
Detrás del punto y coma se deja un espacio y se indica en tipo-de-propiedad seguido, sin dejar espacios, por las especificaciones entre paréntesis.
Para el informe de resultados, se deja un espacio en blanco, se pone el operador matemático, se deja otro espacio en blanco y luego se añade el valor seguido por un espacio en blanco y la unidad.
Ejemplos:
Pla--Glucosa; c.sust. = ? mmol/L (*)
Pla(aSan)--Dióxido de carbono; tensión(37 °C) = ? kPa
(*) “litro” se puede representar como “l” o “L”. En estas normas se usará siempre “L”.
Nota 1 - En la base de datos del GNC, la parte izquierda de la ecuación se escribe en un campo mientras que las unidades se colocan en un campo diferente.
Nota 2 - En la base de datos del GNC, además del campo de nomenclatura sistemática, se incluyen campos diferenciados para la nomenclatura convencional y para los sinónimos.
Nota 3 - Para la parte derecha de la ecuación, la base de datos del GNC incluye campos específicos para las unidades convencionales (UC), los decimales de las UC, las unidades internacionales (UI), los decimales de las UI y el factor de conversión.
Nota 4 - En la base de datos del GNC se incluyen también campos diferenciados para el espécimen del CLC (Ej. Sangre) y la muestra del GNC (Ej. Suero, plasma).
o subsistemas:
Ej. Pac(Uri) para indicar “Orina del paciente”
Salvo estas excepciones, el resto de especificaciones siempre en minúsculas:
Ej. Pac(biopsia) para indicar “Biopsia del paciente”
NOTA: Siguiendo la normativa IUPAC-IFCC, por “plasma” se entiende siempre “plasma sanguíneo”. No se recomienda el uso de “plasma EDTA”, “suero”, etc, ya que son artefactos necesarios para el proceso del laboratorio pero irrelevantes para el clínico solicitante. En la base de datos del GNC, se usará “Pla” para los CLC y se diferenciará entre “Pla” y “Srm” en los GNC.
De esta forma se acorta el nombre y se facilita su ordenación alfabética.
Para los CLC
Para los GNC (en cursiva lo específico de los GNC)
Para establecer las normas de codificación utilizadas por el GNC partimos de las recomendaciones establecidas para la terminología NPU de IUPAC-IFCC (International Union of Pure and Applied Chemistry-International Federation of Clinical Chemistry) (www.iupac.org/body/702; www.ifcc.org/ifcc-scientific-division/sd-committees/c-npu/). Estas recomendaciones han sido publicadas por IUPAC-IFCC en su manual “Compendium of terminology and nomenclature of properties in clinical laboratory sciences. Silver Book, 1995” y en la serie de documentos “Properties and units in the clinical laboratory sciences”.
La base de datos con la codificación NPU, además de en las web de IUPAC y de IFCC, se puede consultar y descargar en www.labterm.dk dependiente de DeHA (Danish National e-Health Authority).
También se han consultado diferentes recomendaciones europeas de normalización elaboradas por el Comité Técnico CEN/TC 251 “Health informatics” (www.cen.eu) y su versión oficial en español elaboradas por el AEN/CTN 139 “Tecnologías de la información y las comunicaciones para la salud” (www.aenor.es).
En español puede consultarse las recomendaciones sobre nomenclatura NPU en www.ifcc.org/ria y ejemplos de uso en la publicación “CÓDEX del laboratorio clínico” de X. Fuentes, MJ Castiñeiros, M Ferré. Ed Elsevier, 2003.
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